Archivo para la Categoría 'Ley de Convivencia y Ocio de Extremadura'
La reestructuración de los diferentes Departamentos de la Junta de Extremadura llevada a
cabo por el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, por el que se modifican la denominación,
el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, que vino a crear la Consejería de los Jóvenes y del
Deporte atribuyéndole las competencias en materia de iniciativa joven, unida a su propia
estructura orgánica establecida por Decreto 193/2007, de 20 de julio, hacen necesario que
se modifique la adscripción del Consejo de la Convivencia y el Ocio de Extremadura, hasta
ahora asociado a la Consejería de Presidencia (actualmente Consejería de Administración
Pública y Hacienda) según el citado Decreto 135/2005, y hacerlo depender de la Consejería
de los Jóvenes y del Deporte, cuyo titular asumiría la Presidencia del Consejo.
Para bajarte el Decreto pincha aquí: 09040162
El artículo 7 de la citada Ley establece que con el fin de verificar el desarrollo por los poderes públicos de las actuaciones referidas en el Capítulo II, se constituirá un Consejo integrado por todos los sectores implicados, que, como mínimo, se reunirá una vez al año.
Para bajarte el Decreto pincha aquí: Dec135_05_Conv_Ocio
El fenómeno del consumo abusivo de bebidas alcohólicas, fundamentalmente por los jóvenes y de manera primordial durante los fines de semana, se ha convertido en uno de los más problemáticos a los que tiene que enfrentarse la sociedad extremeña. Si a ello añadimos que el alcohol se encuentra muy arraigado en nuestra sociedad, y que forma parte de los hábitos sociales más extendidos, se puede deducir que no nos encontramos ante un tema fácil de abordar. Debemos entender que el problema central no es ese fenómeno que ha venido en denominarse “botellón”, sino, fundamentalmente, lo que ocurre con esos menores que salen por las noches, que beben, en muchos casos, hasta la embriaguez. Sin duda, esos jóvenes configurarán la Extremadura del futuro y, por ello, hay que ser capaz de articular políticas atractivas para ellos, que los aleje de un tipo de ocio muy concreto, basado en el consumo de alcohol. Ante las múltiples alternativas que se podían plantear, en nuestra Comunidad Autónoma se ha optado por llevar a cabo un proceso de discusión, debate y reflexión sin precedentes. La implicación de la sociedad se antojaba imprescindible, como único modo racional de enfrentarse a ese fenómeno social. En ese sentido, esta Ley es el resultado de una fructífera interacción entre los poderes públicos y la sociedad extremeña, que se ha plasmado en el desarrollo de una campaña que ha supuesto la implicación de los sectores más concienciados y participativos de nuestra Comunidad Autónoma. Una vez evaluado ese magnífico volumen de información surgido a raíz del citado proceso, que ha proporcionado a todos un mejor conocimiento de la realidad con la que convivimos, de qué queremos para el futuro de Extremadura y los extremeños, y tras estudiar y analizar todas las propuestas hechas en los debates, encuestas y cuestionarios, así como en el transcurso del Foro “Jóvenes y Futuro”, es llegada la hora de asumir un compromiso, plasmado en determinadas acciones concretas. En ese sentido, las citadas conclusiones parten de la base de comprender que es preciso que la Comunidad Autónoma se dote de un instrumento jurídico que, de manera integral, aborde la problemática del consumo abusivo de bebidas alcohólicas. Puede afirmarse, así, que la presente Ley tiene como objetivo servir de referente normativo y político para atajar los nocivos efectos que el consumo masivo de alcohol por parte de los jóvenes tiene sobre toda nuestra sociedad, desde una perspectiva integral, progresista y no represiva.
Para ver la ley: leydconvivenciaocio
- Análisis Zonas Urbanas de Convivencia y Ocio
- Calendario Eventos Jóvenes y Deporte
- Convivencia y ocio
- Convivencia y Ocio Tv
- Decalogo del Ocio
- Extremadura
- General


